Cada vez que hago los impuestos de la empresa que tengo, comprendo un poquito mejor cómo funciona. O tal vez no comprendo nada nuevo, sino que como se hacen cada tres meses suelo olvidar detalles que dan sentido a esta loca burocracia.
El caso es que por el tipo de actividad que desarrollamos, familiar, somos una sociedad civil privada (S.C.P.) que tiene la obligación de presentar trimestralmente sus cuentas, y una vez al año un resumen.
La lógica es la siguiente: la empresa va por un lado, los socios que la constituyen y hacen la actividad por otro.
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IVA
La empresa tiene que indicar ante hacienda lo que ha pagado (bruto) y lo que ha ingresado (bruto). A Hacienda le importa un pito si estoy en quiebra o si me estoy forrando, Hacienda lo que hace es mirar los importes netos de IVA de todas las operaciones y… si he ingresado más IVA del que he pagado, ingresar la diferencia (resultado a ingresar)… y si he pagado más IVA del que he ingresado, puedo solicitar que me devuelvan la diferencia (a devolver).
A este resultado se llega porque cada servicio que yo cobro es en realidad un importe en bruto (ingreso bruto) que tengo que desglosar en:
1. base imponible (el ingreso neto)
2. IVA soportado (el 16% que le corresponde al estado).
Es decir, si hacemos un servicio y facturamos 140 euros, por ejemplo, este es un importe compuesto por
1. El IVA (devengado) = 140 * 0.16 = 22.40 euros
2. la base imponible = 140 – 22.40 = 117.6
* devengado = obligación que nace al realizar la transacción
Y cada gasto que me facturan deben desglosarlo por igual. Si compro una pieza de la máquina y me vale 500 euros, la empresa a quien le compro debe presentarme una factura indicando
1. el IVA (soportado) = 500 * 0.16 = 80
2. la base imponible = 500 – 80 = 420
Si estas fueran mis dos únicas operaciones en todo un ejercicio, podría solicitar a Hacienda la devolución por el importe de IVA devengado – IVA soportado/deducible = 22.40 – 80 = -57.4
Cuando el resultado es negativo se interpreta a mi favor y en contra de Hacienda.
Los resultados negativos los puedo solicitar, o bien “guardarlos” para ejercicios futuros, y si algún año me toca pagar que me lo descuenten.
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Modelo 303
Estas operaciones de IVA se registran en el modelo 303. Y en realidad es tan sencillo como llevar un registro de las facturas a mi favor (expedidas) y de las facturas pagadas (recibidas). Sumar y punto. El modelo 303 se encuentra en la web de la aeat.es / modelos y formularios / IVA. Y el siguiente tocará presentarlo del 1 al 20 de abril.
Hay que indicar el ejercicio (2010) periodo (1ºTrimestre), en la casilla
01 = base imponible de las facturas a mi favor
02 = tipo de % aplicado, habitualmente el 16%.
03 = IVA devengado de las facturas a mi favor
(la suma 01+03 debe ser igual al importe bruto facturado a mi favor durante los meses de enero febrero y marzo)
22 = la base imponible de las facturas en mi contra
23 = la cuota de IVA que suma.
(las cuotas de IVA no siempre son al 16%… un detalle a tener en cuenta cuando se revisan los totales, ya que muchas veces me ha parecido que cometía algún error porque las cantidades no me cuadraban. Y en realidad todo estaba correcto.)
casilla 37 – casilla 21 = … si es positivo, tocará ingresar a hacienda (pagar). si es negativo, se podrá solicitar la devolución o “guardarlo” para los siguientes trimestres. (y se irán anotando en adelante en la casilla 41).
Se imprime, firma, y se colocan las etiquetas identificativas.
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IRPF
Los socios que desarrollan la actividad deben indicar los ingresos y los gastos. Como ingresos estarán las bases imponibles (es decir, los importes netos, sin impuestos) facturados a los clientes por los servicios o ventas realizados. Por el proceder habitual de la empresa, vamos. Y como gastos estarán las bases imponibles facturados en mi contra; los gastos.
La diferencia ahora, es que existen una serie de importes que se pueden añadir como gastos, y que siempre he dicho que es gracias a los buenos gestores que indican qué se puede poner (y qué no, claro).
Yo por ejemplo, como gastos, añado la amortización de la máquina que tenemos. De su coste de adquisición, dividido por la vida útil esperada, sale un importe que se va amortizando mes a mes, y que yo computo como gasto. Es el coste que tiene para mí el desgaste de la máquina. Otro gasto es el de los intereses por financiación… ojo… no el importe total de la cuota del préstamo, sino sólo (que no es poco) los intereses que me cobra el banco.
El IRPF, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, me permite indicar lo ingresado, los costes y gastos fruto de mi actividad, y encontrar un resultado a ingresar (pagar a hacienda) o a devolver (a mí).
El resultado de cada trimestre se va sumando, o pagando, según lo que sea, pero al final el resultado se usará para hacer la declaración de IRPF de toda la vida; la declaración de Hacienda (¿no es declaración “a” hacienda?).
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Modelo 130
Estos importes de ingresos y gastos que soportan las personas físicas, se anotan en el modelo 130. Se encuentra en aeat.es / modelos y formularios / IRPF. Ahora bien, el pequeño gran detalle que viene a continuación, es que lo que sucede de ingresos y gastos hay que repartirlo proporcionalmente entre los socios de la sociedad. Yo, por ejemplo, cojo los totales y los tengo que dividir entre dos, ya que la sociedad la tengo hecha el 50% con otro familiar.
Igual que en el 303, se indica el ejercicio, el trimestre
por casillas
01 = base imponible de los ingresos del trimestre
02 = base imponible de los gastos + amortizaciones + intereses bancarios
03 = diferencia 01-02
15 = resultados de ejercicios anteriores, si arrastramos algo a compensar del pasado
19 = total.
Si es positivo, es que hemos tenido más ingresos que gastos, y tocará pagar a hacienda mediante el “ingreso”, o bien indicar que lo compensaré más adelante señalando que es “a deducir”. Si el resultado es negativo, es que tenemos más gastos que ingresos.
Si al final del año, la suma final en el 4Trimestre, es negativa, entonces se podrá añadir en la declaración anual a hacienda del IRPF, donde se incluyen las nóminas, hipotecas, deducciones por hijos, etc.
Se imprime, firma, y etiquetas al canto.
Modelos 130 y 303 se presentan conjuntamente los días 1 a 20 después de cada trimestre.
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Resumen anual, modelo 390
Una vez al año, durante el mes de enero, hay que recoger los totales del modelo 303 en un único modelo, el 390, donde simplemente se indican los totales. Hay que verificar que todo cuadra al céntimo. Creo que no hay opción de imprimirlo y rellenarlo desde casa, sino que hay que comprar el formulario en la misma delegación de Hacienda.
Hay que indicar los datos estadísticos; actividad de la empresa, con clave y epígrafe…
Los datos del representante…
En la casilla
05 = base imponible devengada
06 = cuota devengada
(la suma deberá ser el importe total bruto ingresado)
48 = base imponible deducible
49 = cuota deducible
(la suma deberá ser el importe total bruto pagado; facturas en contra)
06 – 49 se anota en la casilla 65, donde se obtiene el resultado del régimen general.
si ha salido positivo, es que en los modelos 303 presentados en los 4 trimestres se ha pagado como total ese importe, en concepto de IVA ingresado en exceso.
si ha salido negativo, es que en los modelos 303 presentados en los 4 trimestres se ha tenido un gasto en IVA superior al ingreso, y este es el importe que se reclama a Hacienda.
Cuando se presenta el saldo positivo, ya está pagado (porque hemos ido pagando los modelos 303). Si el saldo es negativo, a sentarse a esperar que Hacienda lo devuelva…
Y ya está.